SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1236/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1236/2013-L

Fecha: 10-Oct-2013

III.4.  De la actuación del Tribunal de garantías

El Tribunal Constitucional Plurinacional -como contralor de la constitucionalidad y del resguardo de los derechos fundamentales y garantías de las personas- también debe emitir pronunciamiento sobre la actuación de los jueces y tribunales de garantías, respecto al procedimiento constitucional y las resoluciones que pronunciaron y fueron remitidas en revisión.

En ese entendido, cabe referirse a la actuación del Tribunal de garantías que no observó las funciones realizadas por su personal subalterno, en este caso del Oficial de Diligencias que procedió a notificar al accionante el 21 de agosto de 2012, con el decreto de 18 de julio de 2011, por el que se le solicitaba que adjunte determinada prueba documental; es decir, demoró en realizar dicha diligencia aproximadamente un año y un mes, incurriendo en dilación injustificada en la tramitación de la presente causa, desnaturalizando la esencia sumarísima prevista por el art. 129.III y IV de la CPE, del cual está revestida la presente acción tutelar.