SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1771/2013
Fecha: 21-Oct-2013
II.6.
II.6. Por memorial presentado el 27 de julio de 2012, a la Dirección de Recaudaciones del municipio de El Alto, la compañía accionante, adjuntó documentación que le fue requerida, consistente en: a) Inscripción al Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), Número de Identificación Tributaria (NIT) (fs. 251); b) Copia de la escritura pública de constitución de la empresa (fs. 252 a 267); c) Copia de la cédula de identidad de la representante legal de la empresa, aclarando que el poder de representación legal ya había sido presentado ante esa autoridad junto al memorial de 28 de mayo de 2012 (fs. 268); d) Copia de la escritura pública 25/99 de 19 de enero de 1999, de fusión de las partidas de la propiedad identificada como “Inmueble 2”, emplazada en la zona franca industrial de El Alto, identificado por el municipio del El Alto, con el registro 1510137828, aclarando que el “Inmueble 1”, con número 1510137827, se encuentra incluido en la superficie del “Inmueble 2” (fs. 270 a 273); e) Copia de la escritura pública 326/2007 de 17 de agosto, de propiedad de la empresa, en la que figuran todas las matrículas de folio real que la oficina de Derechos Reales (DD.RR.) de El Alto asignó a cada una de las unidades en que se habría fraccionado esta propiedad, exenta de pagos del impuesto a la propiedad de bienes inmuebles hasta la gestión 2008 (fs. 274 a 285); f) Copia de la escritura pública 104/91 de 19 de julio de 1991, correspondiente al “Inmueble 3”, con registro 1510101498, emplazado en esa zona franca comercial de El Alto, exento del pago de impuestos hasta la gestión 2008 (fs. 286 a 311 vta.); g) Copia de la escritura pública 438/92 de 9 de julio de 1992, correspondiente al “Inmueble 4”, con número 1510102499 (fs. 312 a 315 vta.); y, h) Copia del folio real del inmueble (fs. 316 a 318).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- II.17.
- II.18.
- II.19.
- II.20.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Del proceso contencioso-tributario
- Asimismo, ante la interposición del administrado una demanda contenciosa tributaria en la vía ordinaria, impugnando una resolución sancionatoria o administrativa conforme al art. 231 del CTb.1992, determina la suspensión de la ejecución del acto, resolución o procedimiento impagados
- para que se produzca dicha suspensión, es necesario que la demanda, cuando menos haya sido debidamente admitida por la autoridad judicial competente
- III.4. Análisis del caso concreto
- no ha acreditado que dicha demanda haya sido debidamente admitida por la autoridad judicial competente
- REVOCAR