Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2079/2013
Fecha: 18-Nov-2013
1° CONFIRMAR en parte
1° CONFIRMAR en parte la Resolución 15/2013 de 28 de junio, cursante de fs. 600 a 624, pronunciada por el Juez Primero de Partido y de Sentencia Penal de El Alto del departamento de La Paz; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada respecto al Sub Alcalde del Distrito Municipal 4, Director General de Asesoría Jurídica, Jefe de la Unidad de Asuntos Jurisdiccionales y Asesor Legal de la Intendencia Municipal, todos del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, de acuerdo a lo determinado por el Juez de garantías, respecto al derecho al trabajo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- si bien el derecho a la propiedad privada no puede ser tutelado por la vía de acción de amparo constitucional cuando el mismo se encuentre en controversia respecto a su titular
- la accionante centra su denuncia fundamentalmente sobre la forma en que los funcionarios municipales actuaron en su inmueble.
- en todas sus formas”
- se debe aclarar que, el derecho a la propiedad privada,
- no es menos cierto que, el referido proceso no concluyó cuando se asumieron las medidas antes mencionadas en el inmueble donde se encuentran los negocios de las accionantes
- III.4. Necesaria referencia a las solicitudes de audiencia efectuadas por las accionantes
- 1° CONFIRMAR en parte