SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2121/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2121/2013

Fecha: 21-Nov-2013

II.1.

II.1.    Dentro del proceso penal iniciado contra Nelly Elena Jiménez de Cafferata, hoy accionante, por acusación particular y querella de Augusto Edgar Millares Reyes, presentada el 10 de octubre de 2003 (fs. 29 a 31); el Juez Tercero de Sentencia Penal del departamento de La Paz, hoy demandado, dictó la Resolución 16/2006 de 25 de abril, declarándola autora del delito de cheque en descubierto, previsto y sancionado por el art. 204 del Código Penal (CP), condenándola a la pena de reclusión de tres años y seis meses a cumplir mediante detención domiciliaria, más una multa de Bs5.- (cinco bolivianos) por cincuenta días, con costas y daños a calificarse en ejecución de sentencia. Resolución que apelada, fue confirmada por el Auto de Vista 1058/07 de 14 de diciembre de 2007, dictado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, con la modificación de sancionarla a la pena de tres años de presidio a cumplirse en el Centro de Orientación Femenino de Obrajes y la multa conforme a los términos antes referidos, manteniéndose firme y subsistente en los demás puntos. El fallo de segunda instancia citado, fue a su vez sujeto de recurso de casación interpuesto el 7 de febrero de 2008, al amparo del art. 416 del CPP, pendiente de resolución a la fecha de interposición de la presente acción de amparo constitucional (fs. 43 vta. y 44).