Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2157/2013
Fecha: 21-Nov-2013
2º
2º Disponer la nulidad del punto 5 del Acta de Asamblea de 11 (no indica mes) 2013 (fs. 64 a 72) y la reincorporación de las herramientas de trabajo -de los accionantes-, a la línea que pertenecen con el derecho de rotación en otras líneas. Con relación a la solicitud de cumplimiento de los contratos, este Tribunal Constitucional Plurinacional, no emite criterio alguno, pues su validez, cumplimiento o incumplimiento es materia de la justicia ordinaria.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos
- La importancia del debido proceso está ligada a la búsqueda del orden justo
- III.2. Análisis del caso concreto
- el lucro cesante o daño emergente que dispone el Código civil, pues no corresponde dicha determinación a la jurisdicción constitucional
- 2º