SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2195/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2195/2013

Fecha: 25-Nov-2013

1)

Solicita se le conceda la acción de amparo y en consecuencia: 1) Se deje sin efecto la Resolución 01/2013 de 4 de mayo, emitida por la III Asamblea Congresal Departamental de Arquitectos de La Paz y, por ende, el cese de sus funciones como miembros del Directorio del CDALP gestión 2011-2013, restituyéndoles en esos cargos; 2) Se devuelvan los ambientes y documentación secuestrada por los ahora demandados; 3) Se deje sin efecto la Resolución 02/2013 de 16 de mayo, emitida por la III Asamblea Congresal Departamental de Arquitectos de La Paz y todas las demás resoluciones emitidas por la ilegal directiva conformada en esa ocasión; 4) Se disponga la realización de una nueva Asamblea Departamental Congresal de Arquitectos de La Paz, con participación de todos los miembros establecidos en el art. 23 del Estatuto Orgánico del CDALP; y, 5) Se condene al pago de daños y perjuicios ocasionados al CDALP.