SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2195/2013
Fecha: 25-Nov-2013
II.3.1.
II.3.1. Resolución 01/2013 de 4 de mayo (fs. 46 a 47 y 220 a 221), la que asumió las siguientes determinaciones: a) El cese de funciones y revisión de los actos efectuados del Directorio en ejercicio compuesto por los ahora accionantes y demás miembros, acusándolos de abandono institucional debido a su inasistencia a la III Asamblea, considerando como una renuncia de facto a sus cargos directivos, además de confabulación; b) Instruyó a la Mesa Directiva posesionada conformada por Nelson Gastón Saravia Luna, Presidente, Fernando Tapia Ortiz, Secretario Relator, Narda Belka Rodríguez de Málaga, Vocal -ahora demandados- conducir los destinos del CDALP, hasta que se verifique la posesión de un nuevo Directorio a través y mediante el Acto Plebiscitario; y, c) Declarar este magno evento, por su carácter decisorio en sesión permanente.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- I.2.2. Informe de las personas demandadas
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.1.
- II.3.2.
- II.4.1.
- II.4.2.
- II.4.4.
- II.4.5.
- II.4.6.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El derecho al debido proceso en aplicación de sanciones
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte