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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2195/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2195/2013

    Fecha: 25-Nov-2013

    I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados

    Los accionantes, en su condición de miembros del Directorio democráticamente electo del CDALP gestión 2011-2013, estiman lesionados sus derechos al debido proceso, a la defensa y a una resolución motivada, citando al efecto los arts. 13, 14.III, 21.4, 22, 115.I y II, 117.I, 119.II, 122 y 256.II de la Constitución Política del Estado (CPE); 10 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • 1)
    • I.2.2. Informe de las personas demandadas
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.3.1.
    • II.3.2.
    • II.4.1.
    • II.4.2.
    • II.4.4.
    • II.4.5.
    • II.4.6.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. El derecho al debido proceso en aplicación de sanciones
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • REVOCAR en parte

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