SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1255/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1255/2013-L

Fecha: 09-Dic-2013

a)

Solicita se conceda la tutela y se disponga: a) Se deje sin efecto la Resolución 09/2011, pronunciada por la Sala Social y Administrativa Primera, y el Auto de 13 de noviembre de 2007, pronunciado por la Jueza Quinta de Trabajo y Seguridad Social; y, b) “Se repongan obrados hasta fs. 546 del expediente caratulado Fondo de Pensiones Básicas c/ Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, ordenando a la Juez Quinto del Trabajo y Seguridad Social emita nueva regulación de honorarios profesionales a favor de la Dra. Nancy Tufiño de Torrez, en cumplimiento del art. 5to. del D.S. No. 26470 de 22/12/01 y cláusula séptima del Convenio No. 056/02 de fecha 09/09/02 sea acuerdo al avance del proceso y actuados que cursan en el expediente” (sic), la flexibilidad que se debe aplicar para esta regulación de honorarios ya que el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz es una entidad pública del Estado.  

Juan Orlando Ríos Luna, presentó informe escrito cursante a fs. 528, por el que indica: a) Fue notificado de forma irregular con la demanda de amparo constitucional, extrañando la notificación personal de acuerdo al “art. 100 de la Ley del Tribunal Constitucional” (sic), ya que fue dejado en un lugar que no es su domicilio legal; b) Existe ausencia de legitimación pasiva, dirigida contra su autoridad, aseverando que en la demanda de amparo constitucional se indica: “ex Vocal de Sala Social  1ra.” (sic), y que es de conocimiento público que presentó renuncia a su cargo el 15 de julio de 2011, por lo que cesó de sus funciones desde dicha fecha de tal manera que el Tribunal garantías incumplió con observar la falta de legitimación pasiva, al encontrarse mal dirigida; y, c) Actualmente la Sala Social y Administrativa Primera cuenta con nuevas autoridades que deben responder a las determinaciones y asumir la defensa, siendo el Auto de admisión impertinente, por lo que solicita su consideración en audiencia para el 29 de septiembre de 2011.