SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1255/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1255/2013-L

Fecha: 09-Dic-2013

II.1.

II.1.            Cursan las igualas profesionales suscritas por el Viceministro de Tesoro y Crédito Público y Nancy Tufiño de Tórrez, de 1 de enero de 1999, 18 de febrero del mismo año y de 18 de julio de 2001, ésta última determina en su cláusula tercera, respecto a los honorarios, que la dirección no cuenta con la partida presupuestaria para esa clase de pagos; sin embargo, faculta a la abogada externa para que ante el Juez de la causa o por la vía legal pertinente solicite la regulación de sus honorarios profesionales y posterior cobro el monto litigado a la conclusión del proceso, que serán cancelados por la parte perdidosa (fs. 177 a 187).