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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2230/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2230/2013

    Fecha: 16-Dic-2013

    II.2.

    II.2.  El 28 de octubre de 2008, el Juez Primero de Partido Mixto, Liquidador y de Sentencia Penal de Sacaba, dictó Resolución, declarando improbada la demanda y probadas las excepciones formuladas por el defensor de oficio (fs. 185 a 190 vta.); misma que fue apelada por Nieves Suárez de Dorado el 13 de noviembre del citado año (fs. 194 a 197).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • i)
    • 1.2.3. Intervención de tercero interesado
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2.Con relación a las notificaciones con el Auto de Vista y Resoluciones emitidas por el Tribunal superior
    • III.3.El derecho a la impugnación y su vinculación con el derecho                                       a la defensa
    • III.4. Ausencia de legitimación pasiva en los servidores de apoyo judicial y personal subalterno
    • Fragmento 20
    • III.5.Análisis en el caso concreto
    • en los domicilios señalados
    • CONFIRMAR en parte

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