SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2231/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2231/2013

Fecha: 16-Dic-2013

i)

Mario Fortunato Baptista Conde, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Montero, mediante su abogado y apoderado, en audiencia, señaló: i) El proceso ejecutivo al que hacen referencia los representantes de la empresa accionante, emerge de un contrato de ejecución de obras entre la Empresa Constructora “LOPEZ ZAMBRANA LTDA.” y el citado Gobierno Municipal, que se resolvió por incumplimiento de la citada empresa, que además retuvo en su poder letras de cambio que viene ejecutando de manera reiterada causando lesión al gobierno municipal y por ende al Estado Boliviano en su conjunto; ii) Se menciona como vulnerado el derecho a la defensa; empero, de la revisión del expediente se advierte que hicieron amplio ejercicio del mismo. Tampoco existe lesión al debido proceso ni a la seguridad jurídica; iii) Se adjunta a la presente acción un poder de representación general ignorando que para el tema de poderes el Código Civil establece que existen poderes generales y específicos para un proceso judicial y aún más para una acción de amparo constitucional. Es decir, para contar con legitimación activa en la presente acción se debió presentar un poder específico y no general; iv) Existe incumplimiento al principio de subsidiariedad al no haberse planteado un proceso ordinario, como también al principio de inmediatez al no interponer la acción dentro del plazo de caducidad, considerando que la supuesta lesión a derechos se produjo en marzo de 2012; y, v) Solicitó se deniegue la tutela.