Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2235/2013
Fecha: 16-Dic-2013
II.11.
II.11.La Sala Civil del tribunal Supremo de Justicia emitió el Auto Supremo (AS) 356/2012 de 25 de septiembre, dentro el proceso de indemnización por expropiación, anulando obrados sin reposición, entendiendo que se ha modulado la jurisprudencia constitucional, señalando que el valor de la expropiación se basa en el valor catastral referido por el art. 11 del DL 14375 de 21 de enero de 1977, que no fue considerado por anteriores fallos; por otro lado establece que dicho fallo se origina en razón de dar cumplimiento a la SC 744/05R de 4 de julio, en cuya oportunidad concedió la tutela solicitada impetrada a los ahora accionantes; por lo que debe dar cumplimiento 11 (fs. 45 48).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulneradas
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo en la Constitución Política del Estado
- III.2.1 La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- III.3. Derecho a la propiedad
- III.4. Respecto del proceso contencioso-administrativo
- III.5. Sobre la
- III.6. Límites entre el proceso contencioso administrativo y los procesos civiles
- III.7. Sobre la seguridad jurídica
- III.
- CONFIRMAR