SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2235/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2235/2013

Fecha: 16-Dic-2013

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los accionantes a través de su representante legal, alegan la vulneración de sus derechos a la petición, a la propiedad, al debido proceso, a la no obligación de hacer lo que la Norma Suprema y las leyes no manden; por cuanto, la Ordenanza Municipal 028/95 de 65 de julio, determinó expropiar el inmueble de los accionantes sin haber efectivizado el pago del justiprecio, ante lo cual acudió a la acción de amparo constitucional que dispuso la conclusión del trámite de expropiación por el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra; a cuyo efecto, sin llegar a conciliación opuso proceso ordinario de indemnización por expropiación, el cual concluyó con la emisión del Auto Supremo 356/2012 de 25 de septiembre, emanado de la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, quienes anularon obrados sin reposición determinando que el pago del justo precio indemnizatorio debe ser cumplido por el indicado Gobierno Municipal, en consecuencia revocó la Sentencia  de primera instancia que, declaró probada y determinó el valor del justiprecio.