SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0136/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0136/2013

Fecha: 01-Feb-2013

concedió

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, por Resolución 8/2012 de 18 de septiembre, cursante de fs. 94 a 96, concedió la tutela, disponiendo que las autoridades accionadas, procedan al cese inmediato de la prohibición de trabajo o ingreso a la localidad de Miraflores y en consecuencia la restitución inmediata del derecho al trabajo de los accionantes, sea con costas, daños y perjuicios en cumplimiento al “art. 80 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional”, la misma que será determinada en ejecución de la presente resolución una vez que se cumpla lo previsto por el “art. 64 de la propia ley”. Como argumentos señalaron que: a) Las autoridades demandadas quebrantaron el derecho fundamental al trabajo, pues las vías de hecho de los accionados habilitan la protección inmediata del derecho vulnerado, que no puede ser enervado en el proceso penal existente pues si bien el art. 2 de la CPE garantiza la libre determinación de los pueblos indígena originario campesino a la autonomía al auto gobierno, a su cultura, deben hacerlo dentro del marco de la Constitución Política del Estado; y, b) Existiendo compromisos voluntarios por lo que “este tribunal recomienda al Sindicato Alonso de Ibañez cumplir con los compromisos que se ha asumido con la comunidad y arribar ese compromiso en forma consiente” (sic) ya que las comunidades en nuestro país tienen la facultad de luchar por sus intereses, sin embargo esto no puede entenderse que sea contrario a lo enmarcado por la Constitución Política del Estado.