Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0136/2013
Fecha: 01-Feb-2013
II.3.
II.3. Los representantes del referido Sindicato por notas de 4 y el 26 de junio de 2012 respectivamente, dieron a conocer al Gobernador (fs. 12) y al Alcalde de Potosí (fs. 13) que en la comunidad de Miraflores a partir del 2 del citado mes y año los demandados estaban realizando cobros indebidos por concepto de uso de parada creando una tranca, solicitando por ello se tomen las acciones correspondientes.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- pueblo
- III.4. Derechos de las naciones y pueblos indígenas originarios
- Fragmento 24
- III.5. Distribución de competencias en la Constitución Política del Estado
- III.6. Respecto a la Comunidad Miraflores
- III.7. Acerca de las medidas de hecho
- Al trabajo
- III.9. Del análisis de caso concreto
- Fragmento 30
- en el marco de la unidad estatal
- CONFIRMAR en parte