Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0136/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0136/2013

    Fecha: 01-Feb-2013

    II.3.

    II.3. Los representantes del referido Sindicato por notas de 4 y el 26 de junio de 2012 respectivamente, dieron a conocer al Gobernador (fs. 12) y al Alcalde de Potosí (fs. 13) que en la comunidad de Miraflores a partir del 2 del citado mes y año los demandados estaban realizando cobros indebidos por concepto de uso de parada creando una tranca, solicitando por ello se tomen las acciones correspondientes.

    • Fragmento 1
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concedió
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • II.11.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • III.2. De la acción de amparo constitucional
    • pueblo
    • III.4. Derechos de las naciones y pueblos indígenas originarios
    • Fragmento 24
    • III.5. Distribución de competencias en la Constitución Política del Estado
    • III.6. Respecto a la Comunidad Miraflores
    • III.7. Acerca de las medidas de hecho
    • Al trabajo
    • III.9. Del análisis de caso concreto
    • Fragmento 30
    • en el marco de la unidad estatal
    • CONFIRMAR en parte

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca