SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0136/2013
Fecha: 01-Feb-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes alegan la lesión del derecho al trabajo, por cuanto siendo miembros del Sindicato de Transporte “Alonso de Ibañez”, cumplen con rutas autorizadas por el Viceministerio de Transportes de Potosí a Miraflores y viceversa, la misma que estaría arbitrariamente interrumpida por las autoridades demandadas, quienes fijaron un peaje instalando una tranca para tal efecto, imponiendo un cobro y ante el incumplimiento del mismo les prohibieron su ingreso, condicionando al Sindicato referido sean suspendidos con la amenaza de impedir indefinidamente el ingreso a la localidad de Miraflores de esa línea de transporte, razón por la cual los accionantes no pueden ejercer su derecho al trabajo. En consecuencia, corresponde en revisión, determinar si se debe otorgar o no la tutela solicitada.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- pueblo
- III.4. Derechos de las naciones y pueblos indígenas originarios
- Fragmento 24
- III.5. Distribución de competencias en la Constitución Política del Estado
- III.6. Respecto a la Comunidad Miraflores
- III.7. Acerca de las medidas de hecho
- Al trabajo
- III.9. Del análisis de caso concreto
- Fragmento 30
- en el marco de la unidad estatal
- CONFIRMAR en parte