SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0077/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0077/2013-L

Fecha: 12-Mar-2013

II.7.

II.7.  Auto 135/2010 de 2 de septiembre, emitido por la Autoridad demandada, resolviendo “con lugar” el petitorio de reposición impetrado por el accionante; en consecuencia, emitió el Auto 136/2010 de 3 de agosto del citado año, por el cual, en razón de los arts. 55 y 428 del CPP rechazó la solicitud de reposición señalada por ser “improcedente”, estableciendo que dicha Resolución no es susceptible de impugnación, notificándose con la misma a Roxana Ustarez Martínez el 6 de septiembre de 2010; el citado Auto 136/2010 fue rectificado en la fecha de emisión mediante Auto interlocutorio de 6 de septiembre de dicho año siendo lo correcto 3 de septiembre de 2010, notificándose a la indicada abogada el 7 del mismo mes y año  (fs. 101, 103 y vta., 105, 106 a 107).