SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2013-L

Fecha: 20-Mar-2013

II.3.

II.3.  Por memorial de 2 de agosto de 2010, dirigido al Presidente y Vocal de la Sala Penal Primera, la accionante, solicitó audiencia de producción probatoria y fundamentación oral, a efecto de exponer que la incautación dispuesta por la Jueza a quo, fue dictada sin haberse defendido y sin haber sido oída en audiencia, para lo cual adjuntó certificación emitida por la citada autoridad, solicitud que fue providenciada en la misma fecha por los Vocales de la Sala Penal Primera, señalando que en uso de sus facultades potestativas no se consideró útil ni necesario el señalamiento de una audiencia para la producción de prueba, aclarando inclusive que el trámite de las apelaciones incidentales no prevé lo solicitado, proveído que fue notificado a la accionante el mismo día (fs. 53 a 55).