SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0136/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0136/2013-L

Fecha: 22-Mar-2013

II.8.

II.8.      En cumplimiento a dicho decreto, el juez a quo, mediante oficio 225/2008 de 17 de abril, remitió a la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, en fs. 340, fotocopias legalizadas el expediente relativo al proceso ejecutivo seguido por el Banco Santa Cruz S.A. contra Lucy Salinas Villa Vda. de Landívar y Javier Lorgio Landívar Salinas. Sin embargo, los Vocales de dicha Sala, devolvieron el cuaderno de apelación al Juzgado de origen para que éste realice el sorteo respectivo, previo a la remisión de la referida apelación. Realizado así el sorteo, se remitió la señalada apelación a la Sala Civil Primera, la cual ratificándose en aquella primera excusa de fs. 36, lo remitieron a la Sala Civil Segunda y ésta a su vez por el mismo motivo, remitió dicho trámite de apelación a la Sala Penal Primera, la cual procedió en idéntica forma, en alusión a su excusa cursante a fs. 49, por lo que remitió dicho trámite a la Sala Penal Segunda, ésta, mediante Auto de 1 de septiembre de 2008, se excusó del conocimiento de la referida apelación y finalmente, fue remitido a la Sala Social y Administrativa, la cual ratificándose en una anterior excusa, remitió, mediante oficio 247/2008 de 29 de octubre, el trámite al Presidente de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz (fs. 346 a 368).