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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0268/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0268/2013

    Fecha: 11-Mar-2013

    II.1.

    II.1.  La representante del accionante, por memorial presentado el 5 de noviembre de 2012, pidió al Juez de Instrucción en lo Penal, Mixto de Independencia, señale día y hora de audiencia para considerar la cesación a la detención preventiva del menor AA, el mismo que fue providenciado en fecha 6 de igual mes y año, fijándose audiencia para el 30 del mismo mes y año (fs. 3 vta.).

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
    • a)
    • 1)
    • concedió
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza de la acción de libertad
    • b) Afectación de los derechos a la libertad física como a la libertad de locomoción
    • III.2. Acción de libertad traslativa o de pronto despacho
    • plazo razonable', tratándose de señalamientos de día y hora de audiencia para considerar este beneficio, debe ser conceptuada como un término brevísimo, de tres días hábiles como máximo
    • informalismo
    • En ningún caso podrá suspenderse la audiencia
    • III.4.          Análisis del caso concreto
    • que no fue providenciado en el plazo de veinticuatro horas
    • recién
    • III.5.          Otras consideraciones

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