Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0302/2013
Fecha: 13-Mar-2013
acción de amparo constitucional,
En revisión la Resolución 32 de 4 de diciembre de 2012, cursante de fs. 258 a 263 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional, interpuesta por Juan Carlos Fernández Caprirolo contra Carmen Rosa Quiroga Rojas de Aguado, María Cristina Arévalo Zeballos, Regina Terrazas de Escobar, Bertha Burgoa Soto, Claudia Camacho Canedo, Elizabeth Pérez de Gutiérrez, Maura Elba Aranda Veliz y Ramiro Antezana Ayala, miembros del Comité Electoral y Consejo de Administración de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Abierta “PIO X” Ltda.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió parcialmente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- “…contra los actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman, o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley
- III.2. Sobre el derecho al sufragio
- '…la afectación al derecho al sufragio en su contenido esencial, ya sea en el ámbito público o privado, debe ser tutelado por la garantía jurisdiccional del amparo constitucional disciplinada por el art. 128 de la CPE, como medio idóneo para su defensa, aspecto que asegurará de manera eficaz el cumplimiento del mandato inserto en el art. 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos'
- III.3. Sobre el derecho a la ciudadanía y el derecho a elegir. Su extensión al ámbito corporativo
- Fragmento 24
- III.4. Sobre el Reglamento Electoral de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Abierto “PIO X” Ltda.
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR