SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0302/2013
Fecha: 13-Mar-2013
i)
Iván Cossío Llanos, Presidente del Consejo de Administración de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Abierta “PIO X” Ltda., en calidad de tercero interesado, mediante memorial cursante a fs. 254 y vta., expresó lo siguiente: i) Ante la suspensión del accionante para ser posesionado en el cargo de Director del Consejo referido, la actuación del cuerpo colegiado se limitó a la reconformación del mismo, vale decir, del Consejo de Administración, en el que inicialmente estaba contemplado éste; ii) Es necesario tener presente que de conformidad a los arts. 39 y 41 del Estatuto Orgánico, se encuentran las funciones y atribuciones del Consejo de Administración, como ser las de dictar y aprobar políticas, reglamentos, otorgar poderes específicos y especiales al Gerente para la representación en todos los ámbitos no sólo administrativo, sino también judicial, así como el ejercicio de la representación legal e institucional de la Cooperativa; y, iii) El Consejo de Administración en todo momento se apegó a las disposiciones legales vigentes al interior de la institución, todo ello con el fin de contar con un directorio debidamente conformado y ante las irregularidades que se suscitaron se realizaron las representaciones pertinentes.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió parcialmente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- “…contra los actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman, o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley
- III.2. Sobre el derecho al sufragio
- '…la afectación al derecho al sufragio en su contenido esencial, ya sea en el ámbito público o privado, debe ser tutelado por la garantía jurisdiccional del amparo constitucional disciplinada por el art. 128 de la CPE, como medio idóneo para su defensa, aspecto que asegurará de manera eficaz el cumplimiento del mandato inserto en el art. 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos'
- III.3. Sobre el derecho a la ciudadanía y el derecho a elegir. Su extensión al ámbito corporativo
- Fragmento 24
- III.4. Sobre el Reglamento Electoral de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Abierto “PIO X” Ltda.
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR