SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0302/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0302/2013

Fecha: 13-Mar-2013

II.10.

II.10.  Por nota de 17 de abril de 2012, dirigida al Consejo de Administración y el comité electoral de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “PIO X”, el accionante objetó e impugnó la posesión de Directorio de dicha institución bajo los siguientes argumentos: a) De manera extra oficial tomó conocimiento de la convocatoria a posesión del nuevo Directorio de la Cooperativa por parte del comité electoral, a cuyo acto su persona no fue convocada no obstante de haber sido elegido como Director del Consejo de Administración mediante voto de los socios y en reunión interna de ese grupo colegiado fue designado como Presidente; y, b) Este hecho irregular y arbitrario de no convocarlo a la posesión cuyos motivos ignora, se encuentran al margen de la normativa interna y afecta sus derechos de socio puesto que en esa calidad de socio tiene el derecho de formar parte del directorio sobre la base de un acto eleccionario que se realizó el 8 de abril de 2012 (fs. 119).