SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0412/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0412/2013

Fecha: 27-Mar-2013

1)

Fernando Hurtado en su calidad de apoderado legal de la CBN Santa Cruz S.A., asistido de sus abogados Ives Ortiz y Mario Suarez, en audiencia, manifestó: 1) Solicita que se deniegue la acción, toda vez que Roberto Eduardo Barrientos Ruiz, carece de legitimación activa porque no tiene poder suficiente, no se le otorga facultades para demandar a las autoridades que él ahora demanda; 2) Indica la existencia de actos consentidos porque primero se acusa la inconstitucionalidad, la ilegalidad, la vulneración de los derechos fundamentales de Auto de Vista que es el que nos ocupa y días después pidió el cumplimiento, por lo que sostiene que si una persona pide el cumplimiento considera que el Auto de Vista es legal; y como segundo punto manifiesta que Alicia Rosa Vásquez de Coimbra se presenta voluntariamente al proceso concursal y pidió que se apruebe el remate, no puede tres semanas más tarde apersonarse y cambiar de opinión señalando que se anule todo lo obrado; 3) Nunca solicitaron que el Auto de Vista se anule o deje sin efecto, en ninguna parte refieren al Auto de Vista ni de forma oral ni escrita, entonces no puede declararse la nulidad siendo que no se ha pedido; y, 4) Manifiesta que no es verdad que el Auto de Vista, no hace referencia a su apelación, ya que precisa: “Considerando el recurso planteado a fs. 287 á 291 y vta. Tenemos que la Cervecería Boliviana Nacional a través de su representante legal Fernando Hurtado Fuentes, plantea el Recurso de apelación parcial contra el indicado Auto…” (sic).