Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0412/2013
Fecha: 27-Mar-2013
II.1.
II.1. Según Instrumento 859/2000 de 13 de septiembre, la CBN Santa Cruz S.A., concede una línea de crédito a favor de los esposos Guido Coimbra Vaca y Sara Barrientos de Coimbra, los deudores ofrecen la garantía solidaria y mancomunada de los esposos Alicia Rosa Vásquez de Coimbra y Víctor Germán Coimbra Vaca, quienes además de asumir tal corresponsabilidad obligacional, constituyen una garantía hipotecaria sobre un bien inmueble de su propiedad consistente en un predio rústico de aproximadamente 60 ha en el Municipio de Porongo (fs. 2 a 4 vta. ).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Los actos consentidos libre y expresamente como una de las causales de improcedencia de la acción de amparo constitucional
- por tanto, se trata de un derecho disponible
- la manifestación de la voluntad debe demostrar, de manera indubitable, el consentimiento a la amenaza o lesión a algún derecho fundamental
- III.2. Análisis del caso concreto
- 2°