SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0199/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0199/2013-L

Fecha: 08-Abr-2013

I.1.1

El 11 de febrero de 2011, fue convocada al curso de especialización para Tenientes Coroneles, ante la UNIPOL; posteriormente, el 2 de marzo del mismo año, fue notificada con unas pruebas enviadas por el Tribunal Disciplinario Departamental de la referida Universidad, las mismas que daban cuenta que tenía un proceso disciplinario en su contra, otorgándole un plazo para desvirtuar la existencia de un proceso disciplinario pendiente; y pese a haber presentado pruebas, junto a un antecedente análogo al suyo, el Consejo Académico de la Escuela Superior de Policías, emitió la Resolución 012/2011 de 11 de abril, por la cual la retiraban del curso de comando al que fue convocada, hasta que demuestre su inocencia en el referido proceso. Ante esa situación, interpuso recurso de revocatoria, emitiéndose la Resolución 015/2011 de 15 de abril, por el referido Consejo Académico, quienes ratificaron la Resolución impugnada, señalando que el encontrarse sometida a un proceso, era suficiente causal para retirarla del mencionado curso, sin aclarar que esta es una causal estipulada en el Reglamento estudiantil, que no se aplica cuando los estudiantes cometen faltas disciplinarias en el ejercicio de sus funciones policiales.

Refiere, que contra las resoluciones dictadas por el Consejo Académico, interpuso recurso jerárquico y recusación al Rector de la Universidad, por haber éste, emitido criterio, al sostener que “podía presentar cualquier recurso, empero igual se me retiraría del curso” (sic); es así que se dictó la Resolución 53/2011 de 26 de abril, por el Vicerrector, sin la debida fundamentación, quien además no consideró sus reclamos, no se manifestó sobre los precedentes arrimados, ni resolvió su recusación, confirmando la Resolución 012/2011 y ratificando su retiro de la Escuela Policial, última decisión que se ejecutó el 27 de abril del mismo año, al ser notificada con el memorándum de retiro.