Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0263/2013-L
Fecha: 25-Abr-2013
Artículo 56
Artículo 56.- Los dirigentes comisionados a la ciudad de Oruro, para el control de la venta de minerales deberán hacer una representación seria por la institución, haciendo cumplir que el peso sea justo y el tercer sobre del muestreo debe realizarse de forma inmediata, evitando de esta manera se deposite la carga, para una posterior transacción, los infractores a estas disposiciones serán sancionados conforme establece el art. 24 del estatuto y art. 23 del presente Reglamento, (DE LAS SANCIONES).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza subsidiaria
- toda Resolución «…debe imprescindiblemente exponer los hechos, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustenta la parte dispositiva de la misma
- Toda persona tiene derecho a dedicarse
- Artículo 40
- Artículo 7
- Artículo 56
- III.5.
- CONFIRMAR