SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0263/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0263/2013-L

Fecha: 25-Abr-2013

Artículo 56

Artículo 56.- Los dirigentes comisionados a la ciudad de Oruro, para el control de la venta de minerales deberán hacer una representación seria por la institución, haciendo cumplir que el peso sea justo y el tercer sobre del muestreo debe realizarse de forma inmediata, evitando de esta manera se deposite la carga, para una posterior transacción, los infractores a estas disposiciones serán sancionados conforme establece el art. 24 del estatuto y art. 23 del presente Reglamento, (DE LAS SANCIONES).