Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0515/2013
Fecha: 19-Abr-2013
1º CONFIRMAR
1º CONFIRMAR la Resolución 23/2012 de 7 de noviembre, cursante de fs. 35 a 36 vta., pronunciada por el Juez Segundo de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz; y, en consecuencia CONCEDER parcialmente la tutela impetrada con relación al Juez Décimo de Instrucción en lo Penal, por haber incurrido en dilación, ordenando que dicha autoridad se pronuncie de manera fundamentada en el plazo de veinticuatro horas de notificado con el presente fallo, siempre que no se hubiere resuelto aún;
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- se encuentran ilegalmente perseguidos
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- “otorgando”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- III.2.2. La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- III.3. Del principio de celeridad en solicitudes vinculadas con la libertad
- III.4. Del control jurisdiccional
- Fragmento 23
- III.5. Análisis del caso concreto
- 1º CONFIRMAR