Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0515/2013
Fecha: 19-Abr-2013
II.6.
II.6. El 29 de octubre de 2012, el representante del Ministerio Público, solicitó al Juez Décimo de Instrucción en lo Penal, emita orden de allanamiento, registro y requisa, argumentando que los accionantes se estarían ocultando maliciosamente (fs. 108 y vta.). Por Auto Interlocutorio de 30 de octubre de ese mes y año, el Juez codemandado, dispuso la emisión de lo peticionado. Fallo, en el cual no se pronunció sobre la denuncia formulada el 23 de octubre de 2012, sobre vulneración de derechos (fs. 108 y vta.; y 109 a 110).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- se encuentran ilegalmente perseguidos
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- “otorgando”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- III.2.2. La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- III.3. Del principio de celeridad en solicitudes vinculadas con la libertad
- III.4. Del control jurisdiccional
- Fragmento 23
- III.5. Análisis del caso concreto
- 1º CONFIRMAR