Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0515/2013
Fecha: 19-Abr-2013
II.7.
II.7. El 28 de diciembre de 2012, el Fiscal codemandado, emitió informe ante el Fiscal Departamental de Santa Cruz, en cumplimiento a la solicitud de informe y documentación complementaria de este Tribunal, indicando que el 26 de noviembre de ese año, los mandamientos de aprehensión fueron ejecutados, cuando los accionantes se hicieron presentes en la FELCC de esa ciudad y que una vez recibidas sus declaraciones informativas fueron puestos en libertad (fs. 375).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- se encuentran ilegalmente perseguidos
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- “otorgando”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- III.2.2. La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- III.3. Del principio de celeridad en solicitudes vinculadas con la libertad
- III.4. Del control jurisdiccional
- Fragmento 23
- III.5. Análisis del caso concreto
- 1º CONFIRMAR