01654-2012-04-CEA 0007/2013 de 5 de junio
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

01654-2012-04-CEA 0007/2013 de 5 de junio

Fecha: 05-Jun-2013

b)      Artículo 38.23 Atribuciones de la Alcaldesa o Alcalde.

Se debe señalar que de acuerdo a los principios de separación en independencia de los órganos públicos, las facultades legislativa y reglamentaria han sido asignadas a diferentes órganos para su ejercicio. Estas facultades en su conjunto son entendidas como facultades normativas o regulatorias, por tener la finalidad de emitir normas; es decir, que tienen por finalidad regular determinados hechos o actos con repercusiones jurídicas.