01654-2012-04-CEA 0007/2013 de 5 de junio
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

01654-2012-04-CEA 0007/2013 de 5 de junio

Fecha: 05-Jun-2013

k) Artículo 79.5 Gestión de Riesgos.

Es así que el titular de la facultad legislativa en ambas competencias es el nivel central del Estado, el cual ha emitido la Ley 070 de 20 de diciembre de 2010, de Educación “Avelino Siñani - Elizardo Pérez”; norma que ha establecido un mecanismo con concurrente de elaboración de los contenidos de la educación formal del Sistema educativo boliviano, este mecanismo ha sido denominado como “Currícula Regionalizada” la cual debe ser elaborada por el Ministerio cabeza de sector y en coordinación con las entidades territoriales autónomas, cuando corresponda.