SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0475/2013-L
Fecha: 07-Jun-2013
II.1.
II.1. Cursa el memorial presentado el 23 de junio de 2007, por el imputado y tercer interesado, Iván Noel Córdova Castillo, mediante el cual, interpuso: 1) El incidente de actividad procesal defectuosa en el marco del art. 169 incs. 1) y 3) del CPP, fundada en la intervención de dos fiscales adjuntos en la dirección de la investigación y la imputación formal, quienes habrían jurado en la posesión de sus cargos como asistentes; y, 2) La excepción de falta de acción y nulidad absoluta por haber omitido la participación del fiscal de materia en el desarrollo de la etapa preparatoria, en la presentación de la imputación formal y en los actos conclusivos, como único legitimado para el ejercicio de la acción penal pública y no así los adjuntos, atribuido además como defecto de carácter absoluto, objetando la convalidación de sus actos al no tener atribuciones legales; con lo cual, habrían vulnerado su derecho al debido proceso (fs. 5 a 12 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.4. Intervención del Ministerio Público
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- Fragmento 20
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR