Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0950/2013
Fecha: 24-Jun-2013
II.5.
II.5. Por Auto de 5 de septiembre de 2011, la Jueza Cuarta de Instrucción de Familia en suplencia legal de su similar Primero, conminó a Milton García “Severich” a pagar la suma de $us10 800.-, a tercero día de su notificación personal, bajo conminatoria de expedirse mandamiento de apremio en caso de incumplimiento (fs. 59). Por Auto de 7 de septiembre de 2011, la referida Jueza dispuso que se expida el correspondiente mandamiento de apremio (fs. 61), mismo que fue expedido el 27 de septiembre de 2011 (fs. 67) y ejecutado el 11 de octubre del mismo año (fs. 69 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación del contenido de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.13.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Excepción a la subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- la educación y formación integral de las hijas e hijos
- III.4. Análisis del caso concreto
- y el pago del monto por asistencia familia a favor de Sandra Muller Saenz.
- disponiendo mantener incólume el Auto de 15 de octubre de 2011
- a favor de Julio Rodrigo Muller Saenz y Rosario Saenz Montaño;
- 1)
- CONFIRMAR,