SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1008/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1008/2013

Fecha: 27-Jun-2013

Concurso de acreedores.

Concurso de acreedores.- El profesor Jaime Azula, sobre este principio, señala que. “Con base a este principio, se protege a los acreedores del deudor distintos del que instauró la ejecución, permitiéndoles que intervengan con el objeto de hacer valer sus créditos y obtener su pago, sea con la prelación que les reconoce la ley, a falta de ésta, proporcionalmente. Con esa finalidad se dispone que, una vez aceptada la intervención del primer acreedor, se debe emplazar a los restantes que puedan existir”.