SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1008/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1008/2013

Fecha: 27-Jun-2013

Cumplimiento de la sentencia.-

Cumplimiento de la sentencia.- Esta es la última fase del proceso ejecutivo, y en el caso de haberse ordenado proseguir la ejecución (sentencia de condena), se debe proceder a hacer efectiva la sentencia de remate mediante procedimientos coactivos que varían de acuerdo con la naturaleza jurídica de los bienes embargados y a someterse a venta judicial forzosa. Esta fase concluye con el pago al acreedor, luego de realizado el remate o el cumplimiento voluntario del obligado. Ella es importante porque constituye la esencia misma del proceso ejecutivo, ya que sin ella no podría hablarse de ejecución”.