SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1023/2013-L
Fecha: 28-Ago-2013
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El accionante mediante su representante, precisó que por la documental adjunta, la institución a la que representa es propietaria de 453 ha de terreno ubicadas en el cantón Montero, provincia Obispo Santistevan del departamento de Santa Cruz, denominada Muyurina, cuya titularidad se encuentra acreditada con el registro de la propiedad en Derechos Reales (DD.RR.) bajo la matrícula computarizada 7.10.1.01.0001536 asiento A-1 de 19 de noviembre de 1979, tierras ocupadas en las prácticas que realizan los alumnos del colegio Muyurina y que se encuentra alambrada en todo su perímetro.
Señaló que, Félix Olguera Maida, en condición de dirigente de la Asociación Integral de Inquilinos “Jesús Nazaret” y sus asociados, el 20 de noviembre de 2011, ingresaron a los predios de la organización a cargo del accionante, y aprovechando que no se encontraban en el predio, ocuparon sus tierras, realizando mejoras y limpieza en el lugar. Suscitado el hecho que denuncia como avasallamiento, señaló que acudieron a todas las instancias legalmente constituidas de Montero, sin resultado favorable a su pretensión, porque los ocupantes no tienen la menor intención de salir de los predios indicados, pero además, que debido al ilegal asentamiento que denuncia y que procedieron al corte del alambrado perimetral, dejaron sin un lugar para realizar la práctica de los estudiantes del colegio Muyurina. Precisó que los ilegales ocupantes, continúan en el lugar, a quienes se representó el derecho propietario de los terrenos por la Sociedad Salesiana, sin resultado favorable alguno, motivo por el que se encuentran desamparados ante el asentamiento ilegal denunciado, sin que las normas y procedimientos ordinarios que la ley establece en todos los ámbitos del derechos penal, civil y administrativo, hubieran restituido los derechos fundamentales vulnerados de la organización que preside el accionante, motivo por el que, apelando a la excepción al principio de subsidiariedad, solicita la tutela de los derechos deducidos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de
- III.2. Del amparo constitucional en caso de lesión de derechos por acciones de particulares
- III.3. De las medidas de hecho y del derecho propietario, en el ámbito del amparo constitucional
- III.4. Del comodato
- III.5. De los bienes de patrimonio del Estado y de la propiedad agraria, en el ámbito de la educación.
- III.6. Análisis del caso concreto
- III.6.1. Del derecho propietario no controvertido
- III.6.2. De la acreditación de existencia de actos o medidas de hecho
- III.6.3. Otras consideraciones sobre el comodato y la transferencia del derecho propietario de bienes del Estado
- 2º