SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1023/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1023/2013-L

Fecha: 28-Ago-2013

III.6.2.   De la acreditación de existencia de actos o medidas de hecho

De la objetiva verificación de los presupuestos determinados por la jurisprudencia constitucional referida en el Fundamento Jurídico III.3 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional y de acuerdo al informe presentado en audiencia por las personas demandada, expuesto en el punto I.2.2 del presente fallo, se  infiere la existencia de actos y medidas de hecho, en tanto los demandados, como miembros de la Asociación Integral de Inquilinos “Jesús de Nazaret”, no negaron el ingreso al inmueble de propiedad de la Sociedad Salesiana denominado “Muyurina” y más bien, reconocieron y destacaron la afirmación de parte accionante, referida a que luego del ingreso se realizaron mejoras porque el lugar estaba lleno de maleza.

La documental presentada por la parte accionante, desarrollada en las Conclusiones II.5, II.6 y II.12 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, dan cuenta e informan respecto a la existencia de actos o medidas de hecho, realizados sin causa jurídica y en prescindencia de mecanismos institucionales destinados a la definición de hechos y derechos, según consta en los recortes de prensa inherentes a una ocupación arbitraria e ilegal del terreno indicado. Sin embargo, existe otro elemento que hace a la valoración de dichas acciones, porque según fue expuesto, en el caso de vías de hecho, la acción de amparo constitucional se entiende como el mecanismo de defensa idónea para evitar, tanto los abusos contrarios al orden constitucional vigente como la justicia por mano propia, provenga de actos de particulares o funcionarios públicos, para que no se prescinda de mecanismos institucionales para la definición de hechos y derechos.