Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1051/2013-L
Fecha: 29-Ago-2013
II.17.
II.17. Por memorial presentado por las ahora terceras interesadas, dentro el proceso ordinario, el 26 de septiembre de 2011, se señaló que éstas solicitaron la ejecutoria del Auto 267 de 26 de agosto de 2011, en mérito a que los apelantes no habían proporcionado los recaudos de ley dispuestos en "auto de fs. 216" (sic) (del expediente original). No consta resolución alguna respecto de dicho memorial (fs. 98 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- "improcedente"
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.14.
- II.15.
- II.16
- II.17.
- II.18.
- II.19.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 27
- III.2. Presupuestos necesarios para la activación de la acción de amparo constitucional cuando se denuncia la errónea aplicación de normas procedimentales
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 30
- CONFIRMAR