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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1099/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1099/2013-L

    Fecha: 30-Ago-2013

    II.11.

    II.11. Mediante carta GG-AL 796 de 7 de julio de 2011, la autoridad demandada, se dirigió al accionante, reiterando la repuesta a su carta de 2 del mismo mes y año, en iguales términos que la anterior acotando que: “…en la población de Aiquile existe un centro médico con especialistas, que en caso de urgencia pueden atenderlo.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.11.
    • II.13.
    • II.14.
    • II.15.
    • II.16.
    • III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
    • III.2. Amparo excepcional ante un perjuicio irremediable o irreparable
    • III.3. Respecto al derecho a la vida
    • III.4. La estabilidad laboral como derecho fundamental
    • III.5. Análisis del caso concreto

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