SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1099/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1099/2013-L

Fecha: 30-Ago-2013

II.7.

II.7.   A través de la nota GG-AL 772 de 29 de junio de 2011, la autoridad demandada respondió la carta del accionante indicándole que: “…estamos efectuando las consultas necesarias al médico de la empresa para que en coordinación con lo profesionales del Hospital San Vicente, donde esta asegurados los trabajadores de ELFEC S.A., efectúen una valoración de su estado de salud y grado de incapacidad para el trabajo, para adoptar una determinación mas conveniente precautelando en primer lugar su salud y asegurando que pueda trabajar con facultades físicas y mentales suficientes en la empresa” (sic) (fs. 24).