Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1151/2013-L
Fecha: 30-Ago-2013
II.5.
II.5. Cursa memorial de 12 de abril de 2010, presentado por el accionante ante la Gerente Distrital a.i., del SIN de Santa Cruz, por el cual señaló haber sido sorprendido con el bloqueo de sus cuentas corrientes debido a una deuda con la institución, refiriendo que el 25 de julio de 2007, subsanó su error relativo a la presentación de declaraciones de la gestión 2004, por lo que solicitó la devolución de los fondos detenidos (fs. 27).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- “improcedente”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional y su carácter subsidiario
- las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido
- III.2. Normativa aplicable al caso concreto
- Fragmento 23
- III. El Recurso Jerárquico solamente es admisible contra la Resolución que resuelve e Recurso de Alzada
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR