Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1151/2013-L
Fecha: 30-Ago-2013
II.7.
II.7. Se tiene Auto de Admisión Expediente ARIT-SCZ-0105/2010 de 10 de junio, emitido por el Director Ejecutivo Regional Interino y el Secretario de Cámara Regional Interno de la Autoridad Regional de Impugnación Tributaria, admitiendo el recurso de alzada planteado por el ahora accionante, en aplicación de los arts. 143, 195 y 198 del CTB (fs. 39).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- “improcedente”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional y su carácter subsidiario
- las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido
- III.2. Normativa aplicable al caso concreto
- Fragmento 23
- III. El Recurso Jerárquico solamente es admisible contra la Resolución que resuelve e Recurso de Alzada
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR