SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1153/2013-L
Fecha: 30-Ago-2013
II.2.
II.2. Por memorial de 22 de noviembre de 2006, la accionante interpuso demanda de nulidad de testamento contra los herederos de Simón Lara Sánchez, representados por René Lara Céspedes, la misma que fue complementada y ratificada, bajo los siguientes argumentos: i) Simón Lara Sánchez denunció a la accionante, por haber presuntamente incurrido en el delito de engaño a personas ancianas y discapacitadas; estando en investigación dicha denuncia, la Fiscal Clara Céspedes, le pidió que mientras durara la misma, no debía realizar gestión alguna sobre su derecho propietario; posteriormente, fue sobreseída; ii) En junio de 2006, inició los trámites para la legalización de su derecho propietario, mismos que no concluyó por motivos económicos; iii) Pedro Padilla Osinaga instituyó como sus herederos a su madre Gregoria Osinaga y a su tío Simón Lara Sánchez; iv) En el Juzgado Primero de Instrucción Mixto de Camiri, se inició y concluyó el proceso voluntario de apertura de testamento cerrado el 23 de noviembre de 1992, interpuesto por Simón Lara Sánchez al fallecimiento de Pedro Padilla Osinaga; sin referirse a la otra coheredera, Gregoria Osinaga; v) El testamento de 1992, es nulo de pleno derecho por revocatoria realizada por el testador, en virtud del documento de compraventa realizado en su favor; y, vi) Solicitó la nulidad del testamento cerrado dejado por Pedro Padilla Osinaga, el cual motivó el instrumento 423/05 de la Notaria de Fe Pública de Segunda Clase 1 de Camiri a cargo de Norma Zelaya Márquez, consecuentemente, también impetró la nulidad del contenido de dicha escritura, así como la nulidad de la inscripción del testamento en DD.RR.; por otro lado, solicitó la declaratoria de eficacia de su documento de compraventa de inmueble con folio real 7076010000075 del Registro de la Propiedad de la Provincia Cordillera, inmueble ubicado en calle Boyuibe s/n de Camiri (fs. 4 a 14).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegándose
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 18
- III.2. Del derecho al debido proceso en su elemento a la debida fundamentación en las decisiones de las autoridades jurisdiccionales o administrativas
- III.3. De la interpretación de la legalidad ordinaria
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR