SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1153/2013-L
Fecha: 30-Ago-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso en su elemento a la defensa y debida fundamentación, a la igualdad, a la “seguridad jurídica” y a la propiedad, por cuanto, sin fundamento legal, se dictó sentencia, declarando probada la demanda reconvencional, a través de la cual se reconoció la legalidad del testamento cerrado dejado por Pedro Padilla Osinaga a favor de Gregoria Osinaga y Simón Lara Sánchez -quienes, por ende, heredaron dos lotes de terreno del referido causante-, así como el mejor derecho propietario de René Lara Céspedes (heredero de Simón Lara Sánchez) y la nulidad de documento de compraventa de 17 de marzo de 2004 -reconocido en sus firmas y rúbricas- por el cual compró los referidos lotes de terreno de Pedro Padilla Osinaga, habiendo sido dicha sentencia confirmada por el Juez de segunda instancia y por el Tribunal de casación, sin subsanar la indicada falta de fundamentación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegándose
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 18
- III.2. Del derecho al debido proceso en su elemento a la debida fundamentación en las decisiones de las autoridades jurisdiccionales o administrativas
- III.3. De la interpretación de la legalidad ordinaria
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR