SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1153/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1153/2013-L

Fecha: 30-Ago-2013

II.7.

II.7.      Por memorial de recurso de nulidad en el fondo presentado el 9 de septiembre de 2010, la accionante impugnó el Auto de Vista 14, a través de los siguientes fundamentos: 1) La compra de los dos inmuebles que realizó mediante documento privado de 17 de marzo de 2004, acredita su derecho propietario sobre ambos bienes. Además, dicho documento, revocó tácitamente el testamento cerrado, de acuerdo a lo establecido por el art. 1209.I y 1212 del CC, que confieren al testador esa potestad de revocatoria tácita por enajenación de bienes; 2) La apertura del testamento, la protocolización y la inscripción en los registros de DD.RR. del presunto derecho propietario a favor de Simón Lara Sánchez, fueron actos jurídicamente nulos; 3) La sentencia y el Auto de Vista se enmarcan en la normativa contenida en el art. 253.I del CC, por haber ambos jueces incurrido en violación e interpretación errónea y aplicación indebida de la ley; 4) La Resolución en lo relativo a la revocatoria del testamento indica que se debe aplicar el art. 1538 del CC, y que el documento privado atenta la normativa vigente, sin mencionar a qué normativa se referían; 5) La inscripción en DD.RR. no legaliza, así lo establece el art. 1544 del CC; 6) El juez de segunda instancia no ha analizado ni resuelto los fundamentos del recurso de apelación; 7) La jueza a quo basó su sentencia en el art. 1538 del CC, y no así el capítulo X del Libro Cuarto del Código Civil, que es relativo a la nulidad de revocación y caducidad de los testamentos; 8) Hubo una errónea interpretación del art. 1212 del CC, por parte de la jueza a quo; y, 9) La sentencia no cumple con lo previsto por el art. 192 inc.2) del CPC; es decir, no cumple con la obligación de realizar un análisis fundamentado de la prueba y la cita de las leyes en que se funda (fs. 32 a 35 vta.).