SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1153/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1153/2013-L

Fecha: 30-Ago-2013

II.6.

II.6.      Mediante Auto de Vista 14 de 30 de agosto de 2010, el Juez Primero de Partido y Sentencia Penal de Camiri confirmó el fallo apelado, bajo los siguientes fundamentos: a) El proceso de apertura de testamento cerrado, dejado por Pedro Padilla Osinaga a favor de Simón Lara Sánchez cumplió con las solemnidades establecidas por el art. 1127 y ss del CC, y así lo ha reconocido la apelante en distintas oportunidades de las repetidas rectificaciones que tuvo su demanda, por observaciones de forma, extrañadas por la jueza a quo, pues no ha demostrado prueba alguna que enerve su valor, habiendo llegado el heredero testamentario a inscribir su derecho en los registro de DD.RR., conforme se evidencia en el expediente original bajo el folio real 7.07.6.01.0002214 de 19 de junio de 2006. Teniendo dicho derecho propietario, todo el valor otorgado por el art. 1538 del CC; b) El documento privado reconocido de transferencia suscrito entre el fallecido Pedro Padilla Osinaga y la accionante, sólo surte efectos entre los suscribientes, resultando írrito su valor para pretender anular el testamento, por mandato del art. 519 y 523 del CC, no siendo suficiente para legitimar su impugnación; c) En el sumario contradictorio se ha demostrado la falta de los requisitos de validez que invalidan dicho documento, por lesión enorme, que atenta su valor intrínseco; y, d) La jueza a quo ha realizado una correcta valoración de las pruebas (fs. 31 y vta.).