SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1189/2013
Fecha: 01-Ago-2013
II.7.
II.7. El 5 de noviembre de 2012, la Unidad de Normativa de la Dirección de Ordenamiento Territorial del Gobierno Municipal de la ciudad de Tarija y la provincia Cercado, emitió el Informe Técnico CU-461/NOR-199/LS-027/2012, respecto de construcciones clandestinas en asentamiento de la zona de “Aranjuez”, refiriendo que: “…1. Verificado en sitio se observa que en la zona de Aranjuez (frente del Hotel los Parrales) existen construcciones precarias y definitivas que no cuentan con planos ni autorizaciones municipales por tanto son CLANDESTINAS sujeto a las sanciones vigentes. 2. En la zona existen varias agrupaciones de asentamientos denominados: Los Eucaliptos, Wagner (propiciado al parecer por el Sr. Benito Ordoñez quien fuera ex cuidador del fundo de la Familia Wagner), Familia Vilca, Los Ángeles, Agrupación de taxistas y Asentamiento de Los Policías. 3. En el lugar se evidencia significantes movimientos de tierra que ocasionan daño al medio ambiente. 4. Contando con estos elementos será la Unidad Legal que inicie las acciones correspondientes a fin de precautelar zonas de interés municipal por considerarse de preservación por sus elementos paisajísticos de la zona de Aranjuez” (sic) (fs. 99 a 104).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo en la Constitución Política del Estado
- III.3. La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- III.4. Medidas de hecho y su tutela inmediata a través de la acción de amparo constitucional en casos de avasallamiento
- III.5. Flexibilización de la legitimación pasiva en medidas de hecho
- III.6
- 2° CONCEDER parcialmente