Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1369/2013
Fecha: 16-Ago-2013
acción de inconstitucionalidad concreta
En la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Ana María del Carmen Terceros de Böhrt, en representación de Project Concern International (PCI) ante la Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, demandando la inconstitucionalidad del art. 59.II del Código Tributario Boliviano (CTB), por ser presuntamente contraria a los arts. 14.IV y V, 115.I y II, 116.I, 117.I, 119.I y 120.I de la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de inconstitucionalidad concreta
- I.1.1. Relación sintética de la acción
- se ampliará a siete años cuando el sujeto pasivo o tercero responsable no cumpliera con la obligación de inscribirse en los registros pertinentes o se inscribiera en un régimen tributario que no le corresponda
- I.1.2. Alegaciones de la otra parte
- I.1.3. Resolución del Tribunal consultante
- I.2. Admisión y citaciones
- a)
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. Naturaleza y alcances de la acción de inconstitucionalidad de carácter concreto
- III.2
- III.3. Sobre el instituto jurídico de la prescripción
- …la prescripción de la acción penal, no es una cuestión de simple legalidad ordinaria, sino por el contrario, ésta tiene una directa y concreta relevancia constitucional
- III.4. Sobre el art. 14.IV y V de la CPE
- III.5.
- la defensa
- Fragmento 18
- III.6. Sobre el art. 116.I de la CPE
- Fragmento 20
- “Ninguna persona puede ser condenada sin haber sido oída y juzgada previamente en un debido proceso.
- III.8. Sobre el art. 119.I de la CPE
- “…Toda persona tendrá derecho a ser oída públicamente y con las debidas garantías por un tribunal competente, independiente e imparcial establecido por ley...”
- III.10. Análisis del caso concreto
- I.
- El término precedente se ampliará a siete (7) años cuando el sujeto pasivo o tercero responsable no cumpliera con la obligación de inscribirse en los registros pertinentes o se inscribiera en un régimen tributario que no le corresponda
- CONSTITUCIONALIDAD